sábado, 31 de enero de 2015

LEY 39/2006, PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS Y EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

Dentro de la Diversidad Funcional y como parte de su legislación (aunque no solo afecte a este colectivo) queremos resaltar la ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía personal yantencion a las personas en situcación de dependencia. Creemos que afecta a este colectivo por la situación de dependencia que las personas afectadas acaban viviendo.

Esta ley nos aporta los distintos conceptos que nos ayudan a comprender la dependencia como puede ser "autonomía", "autodeterminación" e "independencia", tres terminos a diferenciar que, a veces, se pueden confundir.

Esta ley también nos está clasificando los niveles de dependencia para poder diferenciar cual es la necesidad que tienen. Diferencia entre:
  • GRADO I. Dependencia moderada. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado.
  • GRADO II. Dependencia severa. La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere presencia permanente de un cuidador o una cuidadora.
  • GRADO III. Gran dependencia. La persona necesita ayuda para realizar distintas actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita la presencia indispensable y continua de otra persona.

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